16 abr 2016

Sentencias digitales

En otras ocasiones hemos hablado de las complicaciones que se presentan a la hora de ejecutar sentencias judiciales por actos cometidos en Internet. Sin embargo, cuando la acción se produce dentro unos límites territoriales precisos y cuando todas las partes  afectadas se encuentren en bajo una misma  jurisdicción, los litigios convencionales son más sencillos. Es lo que ha pasado con dos socios valencianos llevaron su contienda a WhatsApp.

Uno de ellos publicó en su estado "no te fíes de X X" y lo mantuvo varios meses. X X denunció el caso, y tras el juicio, el acusado deberá satisfacer con 2000 euros al demandante por haber escrito en espacio público una "mera descalificación, que afectó negativamente a la reputación del afectado, la cual es especialmente importante en el espacio de su profesión médica y en el ámbito de la industria de servicios de sanidad". Igualmente, la sentencia exige que el acusado repare su falta actualizando su estado de WhastApp y que mantenga durante dos meses el texto "Mediante sentencia de fecha 30-12-2015 J.M. fue condenado por intromisión ilegítima en el honor de X X"
alfonsovazquez.com 
ciberantropólogo

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